- El interdicto correspondiente, durante la época clásica romana, al bonorum possessor contra los poseedores de cosas materiales pertenecientes a la sucesión. En la época bizantina, este interdicto se reconoce asimismo al heredero civil y contra el poseedor a título particular de cosas de la sucesión; pero el demandado pedía probar posteriormente que era propietario de los bienes reclamados en el interdicto. (v. "BONORUM POSSESSIO".)
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