Definición de "HEREU"


    Voz catalana: heredero. No se trata de un sucesor ordinario, sino del hijo o hermano privilegiado que sucede en la totalidad del patrimonio paterno, o con preferencia manifiesta sobre los demás hijos del matrimonio. Por lo común, el "kereu" (ti es mujer se llama "pubilla") es el primogénito de los varones; y la institución suele establecerse en las capitulaciones matrimoniales (v. HEREDAMIENTO). Se encuentra muy arraigada en las costumbres rurales catalanas; y, aun combatida como todas las desigualdades familiares, encuentra defensores, que ven en ella la barrera contra la fragmentación excesiva de la, propiedad rústica y un estímulo poderoso que ha encaminado a tantos a triunfar en la industria próspera y en el activo comercio, característicos de la laboriosa región, (v. MAYORAZGO, PRIMOCENITURA.)

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