- La que el deudor ejecutado por su acreedor daba, aun teniendo bienes con que pagar, para evitar la prisión por deudas, según disponía la Novísima Recopilación en su lib. XI, tít. XXVIII, ley 12. El fiador de sanea- miento estaba obligado a asegurar: que los bienes embargados eran propios del ejecutado; 29 que, al tiempo del remate, serían suficientes para el pago del principal y de las costas; 39 que satisfaría todo con sus propios bienes si los del deudor no resultaren bastantes o no fueren de él los embargados.
 
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual