- Actitud, recurso, medio para eludir una dificultad ante una pregunta, petición o requerimiento.
Según las leyes de procedimiento civil, si en la confesión judicial las contestaciones fueran evasivas, el juez, de oficio o a instancia de parte contraria, aper-~ cibirá al declarante de tenerlo por confeso sobre los hechos respecto de los cuales sus respuestas no sean categóricas y terminantes (art. 586 de la Ley de Enj. CTv. esp.). En el procedimiento criminal, aun cuando el procesado o sospechoso no tenga obligación estricta de responder, sus evasivas constituyen al menos un principio de insinceridad, que puede reforzar los indicios contra él existentes.
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