Definición de ENJUICIAMIENTO CIVIL


    La denominación procesal que comprende la instrucción y substanciación de todos los asuntos de la jurisdicción contenciosa y de la voluntaria ante los jueces y tribunales ordinarios. Además de España, con su Ley de Enjuiciamiento Civil, texto promulgado en 1881, el vocablo se ha aceptado en América, (v. LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.)

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