Definición de "DONATIO"


    Propiedad matrimonial del Derecho romano, generalizada en la época del Imperio. Esta donación por matrimonio reservaba una parte de la propiedad del marido a favor de la mujer, para el caso de que el cónyuge premuriera o se divorciase sin justa causa. La donatio era administrada por el marido, como su restante patrimonio; pero, en caso de insolvencia, quedaba a salvo de la persecución de los acreedores.


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