Definición de DOLO PRINCIPAL


    El que versa sobre la esencia consensual de un acto o contrato jurídico, para resolver a la otra parte a hacer lo que sin ello no habría hecho, o a aceptar cláusulas que no habría admitido, (v. DOLO en Derecho Civil, DOLO INCIDENTAL.) Según la gravedad de las circunstancias produce la nulidad del acto o faculta para la rescisión y siempre permite reclamar daños y perjuicios.


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