Definición de "DELIVERY ORDER"


    Locución inglesa: orden de entrega. En el Derecho Marítimo se emplea inter- nacionalmente con las simples iniciales D. O. Este título mercantil es representativo del conocimiento de embarque. Firmada por el consignatario del buque y expedida a la orden del consignatario que figure en el conocimiento, la "delivery order" es título representativo de las mercaderías, cuya transmisión puede efectuarse, por tanto, documentalmente, mediante el endoso. Cabe fraccionarla o dividirla; para lo cual el consignatario del buque expide, contra devolución de la orden de entrega principal, varias partidas menores. Aun no admitida por el Cód.
    de Com. esp., tiene entrada a través de la amplia fórmula de los usos del comercio, inserta en el art. 29 del cit. texto.


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