Definición de CONVENCIONES DE BRUSELAS


    En el Derecho Marítimo internacional son conocidas con este nombre las suscritas en los años 1910, 1924, 1926 y 1934 acerca del abordaje, asistencia y salvamento, unificación acerca de conocimientos de embarque, responsabilidad de los propietarios de naves, hipoteca naval e inmunidad de los buques pertenecientes de modo directo a los Estados, (v. las principales voces cit.).


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