- Habitación o alojamiento con otra persona. Cohabitación ilícita, inmoral. Por extensión, acuerdo entre dos o mas personas a fin de obtener un beneficio ilícito o causar un perjuicio a tercero. En el Derecho romano, el matrimonio entre esclavos, o entre esclavo y liberta, que carecía de efectos jurídicos en un principio. Posteriormente, creó algún impedimento de consanguinidad. Era habitual que los amos dispusieran en sus testamentos que no se separara a los esclavos de sus mujeres. En el Di gesto se reconocen ya como cónyuges a los esclavos unidos durablemente.
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