- Contra su apariencia, es una institución de Derecho Civil, de protección familiar, aun con proyecciones sociales, admitida en la legislación francesa. En virtud de la misma, los descendientes del titular de una explotación agrícola, cuando sean mayores de 18 años y participen de modo directo y efectivo en las tafeas de la misma, sin estar asociados a ella, ni percibir beneficios ni sufrir pérdidas, de no recibir además cierto salario por su prestación, son beneficiarios de un contrato de salario diferido. Quiere decir esta fórmala que, aun mantenidos por el ascendiente, eso se estima insuficiente para la justicia; y su compensación aparece al recibir una cuota sucesoria de más (casi siempre la explotación entera), al efectuarse la partición con coherederos que no se encuentren en su situación familiar y de actividades.
[Inicio] >>