Definición de "COMMUNICATIO LUCRI ET DAMNÍ"


    Locución latina. Comunicación o participación del lucro y J<4 daño. Caracteriza la solidaridad de ganancias y pérdidas que se requiero entre los socios de una compañía, civil o mercantil, para no estar iurtir- «us en la cláusula leonina (v.e.v.).


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