Definición de COMISIÓN DE CONCILIACIÓN


    A tenor del Dec. arg. 32.347 (Ley 12.948), el organismo, de instancia obligatoria, ante el cual deben comparecer las partes a fin de intentar, ante las excitaciones del vocal correspondiente, un arreglo pacífico, antes de entrar en la fase propiamente contenciosa. (v. COMISIÓN DE ARBITRAJE.)

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