- Lo que cabe comer. El alimento común. De no constituir delito, por intoxicación o envenenamiento, se castiga como falta, con multa y arresto hasta quince días, la venta o despacho de comestibles adulterados o alterados, perjudiciales para la salud (art. 576 del Cód. Pen. esp.). (v.
CoMISO.)
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual