Definición de CLAUSURA


    "En los conventos de religiosos recinto interior donde no pueden entrar mujeres; y en los de religiosas, aquel en donde no pueden entrar hombres ni mujeres". "Obligación que tienen las personas religiosas de no salir de cierto recinto y prohibición a las seglares de entrar en él" (Dic. AcadJ.
    La pena es exclusivamente canónica, pero severa. Aunque de no buen grado, la Iglesia ha transigido con ciertas excepciones. Así, autoriza la entrada o visita del Jefe del Estado y, por razón del cargo, la de las autoridades.
    En sentido civil, clausura es el acto solemne que pone término a las sesiones de un tribunal o a las deliberaciones de un congreso o importante asamblea.


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