- Establecimiento público, y por lo general benéfico, que recibe pequeñas aportaciones para ir formando un capital, mediante el devengo de intereses, a los dueños de las respectivas cartillas o libretas. En el retiro de fondos suele haber restricciones, para evitar súbitos despilfarros.
En las libretas bancarias de esta naturaleza existen diversas combinaciones especiales, como las siguientes: a) cuenta a orden reciproca, en que cualquiera de los titulares puede retirar parte del depósito o la totalidad; b) cuenta a orden conjunta o colectiva, donde para retirar fondos se requiere la conformidad de todos los depositantes; c) cuenta a nombre de una persona y a la orden de otra, en la cual sólo puede disponer de lo depositado aquel a cuya orden está la libreta, (v. MONTE DE PIEDAD.)
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