Definición de BENEFICIARIO


    Quien goza de un territorio, predio o. usufructo recibido por gracia de otro superior, al Cual reconoce. Heredero que acepta a beneficio de inventario (v.e.v.). Persona a quien beneficia o favorece un contrato de seguro, especialmente de los llamados de vida o supervivencia. En ocasiones es el mismo que paga las primas; y, por lo general, un tercero designado en la misma póliza. En Derecho Laboral, y con relación a los accidentes del trabajo, son beneficiarios, en caso de incapacidad, el propio trabajador que haya padecido el infortunio; y en el supuesto de muerte, los causahabientes de la víctima. Surge, a consecuencia de ellos, una modificación en los derechos sucesorios ordinarios y hasta en el concepto general de la familia para el Derecho común. En efecto, los principios que rigen son el de dependencia económica con respecto al trabajador muerto en accidente y el de relación famibar en sentido amplio, sea o no legítima; aunque no todas las legislaciones acepten aún el segundo punto. El orden más habitual suele ser: 1* el cónyuge supérstite no divorciado ni separado; 29 los hijos menores; 39 los ascendientes o descendientes que estuvieren a cargo de la víctima, (v. ACCIDENTE DE TRABAJO, BENEFICIO, SEGURO DE VIDA.)

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