- La regida por la ley de asociaciones, destinada a los organismos colectivos sin fines lucrativos, (v. DERECHO DE ASOCIACIÓN.) Más estrictamente, la que no es religiosa (como las órdenes de cualquiera religión), ni profesional (cual los sindicatos), ni oficial (la creada o sostenida por el poder público* y con regulación especial); o sea, la de índole cultural, artístico, científico, deportivo, altruista, etc. Sociedad civil (v.e.v.).
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