Definición de AGUAS INMUEBLES


    Tienen naturaleza jurídica inmobiliaria las aguas vivas y estancadas, según el art. 334, n9 89, del Cód. Civ. esp. Para el Cód. Civ. arg. son inmuebles por naturaleza todas las partes flúidas que forman la superficie del suelo (art. 2314). (v. AGUAS MUEBLES.)

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