- La gestión de bienes o negocios ajenos convenida entre el titular de éstos y el encargado de su orden, gobierno y economía, que acepta espontánea y conscientemente los deberes de su cargo. No es sino uno de los aspectos del mandato (v.e.v.), concretado a la conservación y productividad de uno o más bienes, o de todo un patrimonio, (v. ADMINISTRACIÓN JUDICIAL y LEGAL.)
[Inicio] >>