- El derecho de acrecer; esto es, el derecho de reunir o agregar a la porción de uno la parte de aquel que la rehusa o no puede obtenerla. | | El derecho de los coherederos o colegatarios sobre las porciones que quedan vacantes, por haberlas renunciado o no haberlas podido adquirir alguno de los demás. | | Bienes adquiridos por acrecencia, (v. ACRECER, REPUDIACIÓN DE HERENCIA.)
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