Definición de ABONARÉ


    Documento, que puede ser expedido por un particular V una oficina, por el cual se asegura el pago de cierta cantidad; como una partida de cargo o un saldo preexistente. Se emplea principalmente cuando por terceras personas se hacen entregas de cuenta de otros. También se llama abonaré el documento de crédito expedido por un particular, por las autoridades o por el gobierno, a favor de otra persona, (v. PAGARÉ.)

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