E FALLOS DE 14 SUPREMA CORTE
CAUSA DXVILN
Don Angel Phiza Montero. reenrrivndo de ma meto dictado por los tribenales de la capital en el juicio con don Gr hricl Giralt, sobre robro de pesos.
Sumario. —1° El auto dietado por los tribunales ordinarios oblizando úlas partes ánetuar bajo una representación únies, no autoriza el reenrso á la Suprema Corte, 2 No son sinónimos, ni de ixual importancia en el derecho procesal la defensa en juicio, declarada inviolable por la Constitmeión, y la represmtasión de las personas que artiinm em él, Caso. Lor imiea el simiente
FALLO DE LA SUPREMA CONTE
Buenos Aires, diciembre 24 de 1901, Vistos en el acuerdo y eonsideranto: - Que sezún resulta de la propia exposición de la parte, el auto reenrrido es aquel que obliga al recurrente á artaar bajo una representación nies.
Que dicho auto, dictado por los Tribunales de la Capital nplienndo las leyes procesales que rigen stis- procedimientos, mo puede fundar el recurso autorizado por el artículo eatoree de
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:20
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