DE JUSTICIA NACIONAL 453 Telégrafo Nacional, delito de carácter comun, previsto y castigado por la ley sobre Telégrafos Nacionales y la de crímenes + contra la Nacion de 14 de Setiembre de 1863. E Creo por ello, de acuerdo con lo establecido en la resolucion a del señor Ministro del Interior, agregada en copia autorizada á :
foja 44, y lo resuelto porel juez a quo, ú foja 37 que el conocimiento de esta causa no está comprendido en las disposiciones 4 del título 6" del Códiyo de Justicia Militar, sobre organizacion y competencia de lus Tribunales Militares, y corresponde á la del señor juez federal del territorio nacional del Rio Negro. 4 Sabinian o Kier.
Fatle de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 11 de 1699.
Vistos y considerando: que, como lo dice el señor Procurador general, los hechos que han dado lugar á la formacion de este proce:o, revisten el carácter de delito comun, estando sus au- ; tores sometidos ú la jurisdiccion del mismo órden. ) Que la circunstancia de que los acusados sean militares, .no modifica la conclusion anterior, por cuanto los fueros persona- yr les están abolidos, y no concurren, además, los requisitos indispensables para que proceda el ejercicio de la jurisdiccion >| militar, :
Por esto y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor | Procurador general, se declara que el conocimiento de esta causa i es de la competencia de la justicia ordinaria. Devuélvanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. 1 — OCTAVIO BUNGE. — JUAN |
E. TORRENT, — E. MARTINEZ,
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:453
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