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Fallos: 70:55 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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19° Que Ciro Pellacani, en una cuarta denuncia 6 declaracion prestada como todas las anteriores, estando en libertad, espontáneamente y en fuerza, segun su propia manifestacion, del arrepentimiento que le dominaba, además de un pequeño sueldo que gozaba como pesquizante secreto, manifestó que el socio cupitalista no era Aristodemo Cerulli, sinó un señor García 6 Perez, mayor del ejército, que llegó á dar parn el negocio tres mil docientos pesos. Que este sujeto, segun averiguaciones, vive en fuerte Lavalle, partido de Lincoln de esta provincia, sin que se le llamara á declarar, sin duda por el escaso valorde la referencia del denunciante.

20° Que Santiago Bogetto, prestando declaracion indagatoría, manifestó que Tamagno lo llevó 4 la chacra, diciéndole que estaban falsificando billetes y que faltaba sólo imprimirlos, para lo cual se requerían sus servicios; que Tunin hacía los trasportes y él empezó el estampado; que entre malos y buenos se lle» garon á hacer cien billetes, que ú mediados de Febrero, Tamagno llevó á Buenos Aires con objeto de comerciarios.

217 Que el sumario de prevencion é la pesquisa policial se ce116 con el secuestro, en el número 1930 de la calle Lavalle dela Capital federal, de varias máquinas y tarros de propiedad de Malavossi que los depositaron Tevisiam y Pedro Dentxh, manifestando haber recibido para componerlos.

22" Que el juez nacional en turno de la capital al recibir el sumario se declaró incompetente, pasando el asunto á comocimiento de este juzgado, que prévia vista fiscal, prosiguió las diJigencias sumariales, que dieron por resultado el esclarecimiento completo del hecho perseguido y la determinacion de sus verdaderas proporciones.

23 Que Leandro Malavassi y Santiago Bogetto, Jlamados á ratificar las delaracionss prestadas en el sumario de la prevencion, manifiéstanse conformes con ellas en lo sustancial, excepto el último, que asegura no haber dicho que se hubieran hecho

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:55 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-55

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