Dice que no le han impuesto molestia alguna en la Policía del Rosario si no es la escasez de alimentos, pues sólo le daban de lo que sobraba á los bomberos, Pablo Passerini, socio de Cayetano Zena en la vinería, declara foja NG, cuerpo segundo): Que todo el producido de este negocio, 2000 pesos, lo tenía ¿ly que Zena nada había sacado y que si tenía algun dinero no sabia de donde procedía ; que cuando vino Zena sólole vió tres billetes de á 100 francos y su esposa trajo de Europa más de 2000 francos; que Zena, Campolonghi, Miapay Rolognessi vivían juntos por el mesde Diciembre de 1891:
que Cárlos Campolonghi no trabajaba en mada en los últimos tiempos y gastaba mueho ; que en la mañana en que lo pusie— ron preso dd el. Zena y la esposa de éste fueron á pedirle á :
su señora que les gnardase nos 2000 pesos y que si iba da autoridad dijese que eran suyos, siendo estos los 2000 que dijo ser el producto de la vinería, Martina Colasso de Horelli, esposa del propietario de la casa calle San Juan entre Independencia y Paraguay, ú foja 257, deelara : que un día á principios de Febrero de 1892 fueron dos italianos, tino bajo, grueso, y el otroalto, de bigote, y le a'quiLiron un enarto á la calle por doce pesos; que á los dos días vol- :
vieron los mismos acompañados con un tercer hombre, grueso tunbien, trayendo una cama nueva y otros muebles, —Practicado el reconocimiento de estos individuos en rueda de presos (foja 263, cuerpo segundo ), resulta que Pedro Groppi y :
Cárlos Campolonghi fueron los que le alquilaron el enarto y Cayetano Zena el que los acompañaba enando lHevaron los muebles, ler misma declara que él hacía de patron, Groppi: cuando allí iba estaba siempre á puerta cerrada, lo mismo que cuando iban los otros dos, Zena y Campolonghi, que era casi todos los días, se encerraban con Have foja 259); que tanto ú ella como dotra inquilina de la casa les parecía misteriosa la vida de estos individuos,
Compartir
40Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1894, CSJN Fallos: 57:195
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-195
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 57 en el número: 195 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos