jurisprudencia constante, por enyas razones el Juzgado debe desestimar la oposicion.
Oídaslas razones expuestas por ambos letrados, el señor Juez resolvió: señalar la audiencia del día miércoles 11 del corriente á las doce del día, para que comparezca Don Antonio Roere á absolver las posiciones ofrecidas, á enyoefeeto se le citará en forma, y admitir la prueba documental ofrecida por la parte demandada, en conformidad á lo expuesto por el abogado de la misma, librándose en consecueneia los oficios solicitados, tomándose incontinenti las declar:eiones á los testigos que estuvieren presentes, Campillo. —klappenbach.— M. t, Wendez.— M. E. Escobar.—An= tonto loere.—D. Wirero.— Gregorío Soto.
Ante mí:
E. Amaya.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 1 de 1891.
Vistos y considerando: Que la prueba solicitada enla au diencia de que instruye elacta de foja...no ha podido producirse en ese acto, tanto en relación á las posiciones propuestas por el demandante, como ú los instrumentos ofrecidos por el demandado, consistentes en piezas que se registran en expedientes seguidos ante el Juez Doctor Lalanne, uno, y existente el otro en el archivo de los Tribunales,
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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:159
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