El señor Francioni se querelló á foja 1°, por tentativa de defraudacion atribuida al señor Bossio, por haber pretendido cobrar al Clobierno nacional, unas cuentas que pertenecían al y querellante, pero que reconoce habían sido puestas por el mis- :
mo, 4 nombre del querellado.
Éste, á su vez, declara que esas cuentas fueron puestas ú su nombre, para garantir unas firmas de favor, puestas en documentos descontados por Francioni y protestados por el Banco de la provincia de Buenos Aires ( fojas 30 y 34).
Toda la prueba producida, aunque extensa, no ha bastado 4 establecer la demostracion del fraude acusado; y éste, no puede derivarse de la tentativa de cobro de documentos 4 nombre propio, y cuando mediaban cuentas, entre personas ligadas por vínculos de parentesco y relaciones comerciales.
Podrán resultar de csos hechos acciones sobre rendicion de cuentas; pero ellos en sí mismos no constituyen un delito, de los clasificados y penados porel Código Penal, Por ello pienso, que sin hacer lugar á la nulidad invocada ú foja 290, que ni resulta de autos, ni puede comprenderse de qué depende, puesto que ninguna causal ha sido expresada, V. E, debería confirmar el autode sobreseimiento de foja 267 y declaracion consignada en el de foja 268 vucita.
Pido áV. E, se sirva así declararlo, Sabiniano hier.
Fatlo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 22 de 1891.
Vistos: De conformidad con lo expuesto y pedido por el sehor Procurador General y por sus fundamentos, se confirman
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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:91
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