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Fallos: 53:378 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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378 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 4 El decreto aludido dice asf:

FE La Plata, Setiembre 20 de 1889.

+ Resultando de la vista del expediente que este se halla com pletamente terminado y que es falso que se halla paralizado por E haber sido capitalizado el partido de Flores, pues ya entónces se hallava terminado y archivado.

Contéstese al señor Juez que no se puede acceder úsu soli citud.

Albarracín.

El decreto anterior fué dictado en un oficio del Juez Federal de la Capital, pidiendo la remision de los autos si fuera cierto r que se hallaban paralizados úcausa de la federalizacion del Municipio de Flores.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 29 de 1893.

Vistos: Por sus fundamentos, se confirma el auto apelado de foja doscientas sesenta y ocho. Devuélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el Inferior,
BENJAMIN PAZ.—LUIS V. VARE-
LA.—ABEL BAZAN.— OCTAVIO DUNGE.—JUAN E, TORRENT,

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-378

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