Caso.— Lo indica la 
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junto 159 de INS. 
Suprema Corte:
Dos autos del Juzgado Territorial de Viedma, motivan ia queja del Procurador Fernandez, el uno por contener un apercibimiento, y el último una correccion disciplinaria de cuatro días de arresto.
Los recursos deducidos contra el primero de esos autos, no han sido resueltos, Pendiente su resolucion del Juez apelado, no puede dar orígen al recurso de hecho traido ante V. E.
El segundo, relativo al arresto disciplinario, no fué recurrido, segun exposicion del informe i foja 16, y por elio tampoco puede traerse ahora ante V. E, Por ello, opino que es improcedente la consideracion del recurso de hecho instaurado ú fuja 2, Sabiniano Kier, Fallo de ln Suprema Corte Buenos Aires, Junio 27 de 1593 Vistos en el acuerdo: Porlo que resulta del informe de foja doce vuelta, y de conformidad con lo expuesto y pedido por el se
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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:345 
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