270 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Failo del Juez Federal Ruenos Aires, Marzo 6 de 1893.
Y vistos: para resolver sobre la excepcion de arraigo del juicio interpuesta por el demandado, invocando el hecho de que el demandante es extranjero no domiciliado en la República.
Y considerando: 1° Que los presentes autos versan sobre infraccion á la ley de marcas de fábrica y de comercio y que se ha entablado por el demandante la accion criminal á que cesa ley se refiere, para obtener la aplicacion de las penas establecidas en el artículo 28 de la misma.
2" Que tratándose, en consecuencia, de una causa criminal, no tiene aplicacion el artículo 74 de la ley de Procedimientos de 14 de Setiembre de 1803.
3" Que el Código de Procedimientos en materia penal, no menciona tal excepcion en ninguna de sus disposiciones.
4" Queno es posible, dada la naturaleza del juicio, hacer una aplicacion extensiva por analogía, á las disposiciones de la ley de Procedimientos Civiles.
Por estos fundamentos y de acuerdo con las resoluciones de la Suprema Corte que se registran en la página 181, tomo %?, serie 3' de los Fallos y en la causa seguida por el Dr. D. Salvador Andreu y Grau contra D. E. Von Duguez, sobre falsificacion de una marca de fábrica, de fecha 20 de Octubre de 1889, fallo: no haciendo lugar á la excepcion interpuesta por parte de D. S. Pelletier, con costas, y contéstese derechamenie la demanda. Repóngase la foja.
J. Y. Lalanne.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:270
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