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Fallos: 43:7 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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DE JUSTICIA NACIONAL

CON LA RELACION DE SUS RESPECTIVAS CAUSAS
AÑO 1891

LE TO


CAUSA ELXXII
Criminal por contrabando, contra D. Francisco Blanco, D. Pedro Cardoso y el Agente del vapor € Olimpo +, Sumario. — 1" La apertura de la causa á prueba en los juicios de contrabando, no es regida por el artículo 407 del Código de Procedimientos en lo criminal, sinó por el artículo 1070 de las Ordenanzas de Aduana.

2" Segun este artículo, el Juez está obligado ú abrir la causa á prueba, solamente cuando losbechos contradichos pueden ejercer influencia en su resolucion, 3" Los equipajes y mercaderías que se desembarcan y mantienen en lanchas durante algunos dias fuera del control de la

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:7 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-7

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