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Fallos: 43:65 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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CAUSA LXXXII
José Badaraceo é Hijos, contra Don José T. Natta, por cobro de pesos; sobre procedencia de la accion ejecutiva.

Sumario. — La cláusula penal estipulada en garantía del cumplimiento de obligaciones, no puede hacerse efectiva por la vía ejecutiva, si no se justifica préviamente la falta de cumplimicnto de dichas obligaciones.

Caso. — Don Manuel San Martín por los señores Badaracco é hijos entabló demanda contra Don José Natta, por el importe de la tercera parte de la chata denominada

Estando la causa en estado de contestarse la demanda, las dos partes se presentaron manifestando que para poner término al asunto, habían celebrado una transaccion, cuyas cláusulas son las siguientes:

1" Don José T. Natta se obliga ú entregar á los señores BaTe XI

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Año: 1891, CSJN Fallos: 43:65 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-43/pagina-65

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