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Fallos: 41:14 de la CSJN Argentina - Año: 1890

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Buenos Aires, 24 de Febrero de 1890.

Al Señor Administrador de Rentas Nacionales, Dr. D. Joaquín Granel.

Desde principios del año 1889 se ha establecido por indicacion de esta Alcaidía en el despacho directo de la Boca, un libro especial en el cual, bajo la inmediata inspeccion del Jefe de esa seccion, se anotan los derechos pagados en Tesorería, correspondientes ácada parcial por las mercaderías que se despachan ú plaza en cada uno de los depúsitos que salen directamente á plaza, anotaciones que como en la seccion de Lanús, solo tienen por objeto comprobar por medio de números la importancia relativa de las secciones, ú la vez que sirven como un dato estadístico, Al practicarse las anotaciones por los derechos pagados correspondientes al parcial número del vapor «Heliades» que se acompaña á lu presente, el escribiente encargado de practicarlas, notó que las cantidades parciales, por los derechos diversos de importacion, no correspondían ú la suma de (1461.70) mil enatrocientos sesenta y un pesos y setenta centavos, que se dú como total de los derechos abonados, En esta duda, ocurrió á salvarla al sub-inspector D. Mauricio Olivera Baez, quien observando el detalle de las mercaderías, suaforo y capitalizacion que les corresponde, notó disconformi— dad entre el valor oficial por capitalizacion, y la suma correspondiente álos derechos de introduccion que se da por abonada en Tesorería con fecha 10 del actual. Examinando más detenidamente, creyó que la parte que en los dos parciales, tanto en el de Alcaidia como en el de Tesorería se designan con los números 5032, 5644, trece cajones conteniendo cada uno doscientos kilos raso de algodon, habia sido aumentada, adulterándose los documentos, puesella está escrita con distinta tinta al resto de la manifestacion que contienen los documentos.

En posesion de estos datos, me apersoné á la oficina de libros

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Año: 1890, CSJN Fallos: 41:14 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-41/pagina-14

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