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Fallos: 4:108 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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Stefler, para que fuera conforme con la firma de los permisos, Preguntado: si ha llevado alguna otra vez permisos de Egusqui.

79 á que los firmar andependientes de Lanuz Hermanos, contestó que no.

Preguntado: si dijo á don Augusto Steñer que firmara dos permisos de reembarco que llevó don Augusto David á la casa de Lanuz Hermanos, contestó que si.

Preguntado : porque le dijo que firmara esos permisos, contestó, que don Augusto' David le llevó esos permisos para que los firmara, y como el declarante hiciera presente que su firma no estaba reconocido en la Aduana, Bavid le dijo que era lo mismo cualquier firma y que pusiera su nombre particular, pero como el declarante estubiera muy ocupado, le encargó á Stefler que la firmara.

Preguntado: se habia recibido encargo de alguna persona para firmar ó hacer firmar esos permisos por otro dependiente, contestó que no.

Preguntado: si conocia á don Augusto David, contestó que sí, y que sabia era dependiente de Egusquiza.

Preguntado : por qué hizo firmar esos permisos desde que no le pertenecian ni á él ni á Stefler ni á la casa en que sirve los artículos que se pedian reembarcar, contestó que lo hizo por saber que eran de Egusquiza y como un favor que mútuamente se prestan.

Preguntado: si sabe qué objeto se proponía Egusquiza al hacer firmar con otros esos permisos y no firmarlos él mismo, contestó que no sabe.

Preguntado : si ha firmado alguna otra vez permisos por artículos pertenecientes 4 Egusquiza, é los ha hechos firmar por algun otro dependiente, contestó que no recuerda.

Preguntado: si antes de hacer firmar esos permisos vió que eran de armas, contestó que no.

El certificado del actuario es como sigue :

Señor Administrador.

Los 44 cajones marca GDS núm. 1 á 42, 44 y 45 fueron

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:108 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-108

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