sos para que firmara, y el declarante como uo estuviera el que tiene poder por la casa de Lanuz Hnos. en que sirve, las firmó ásu nombre.
Preguntado : si no sabia á quién pertenecian esos permisos, contestó que nó.
Preguntado : si no habia recibido encargo de firmar esos permisos, contesté que no.
Preguntado: cómo firmé esos permisos sin pertenecerle los artículos espresados en ellos y sin saber 4 quien pertenecian contestó que sin reparar, Preguntado : si conoce á don Félix Egusquiza contestó, que no.
Preguntado : si ha firmado permisos que le haya llevado alguna vez David, contestó que no.
Preguntado: si los permisos A B que le fueron presentados, han sido los que ha firmado, contestó que si.
Don Auguste David declaró lo que sigue :
Preguntado : por su nombre, estado, edad, profesion, vecin dad y nacionalidad, contestó llamarse Augusto David, soltero, de 24 años de edad, comerciante auxiliar, dependiente de la casa de don Félix Egusquiza, de este vecindario, y de nacionalidad oriental.
Preguntado : si ha llevado á don Augusto Steñler dos permisos para que firmara, contestó que si.
Preguntado : si los entregó al mismo Stefler, contestó que se los entregó al tenedor delibros quien les entregó á Stefler para quelos firmara.
Preguntado : si Stefler habia convenido ya en firmarlos, contestó que no sabe; que recibió órden de Egusquiza de llevar esos periisos á que los firmara uno de los dependientes de la casa de Lanuz Hermanos, que como el declarante no conocia á ninguno de los dependientes se los entregé al primero que encontró, el cual se los llevó á Stefler que los firmó en elacto.
Preguntado: si llevó la transferencia que dió la casa de Altgelt Ferber por 20 cajones armas, contestó que sí: despues de haber firmado don Agusto Stefler, los dos permisos de reembarco, le puso á la transferencia el mismo nombre de Augusto
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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:107
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