SENTENCIA ARBITRARIA
La arbitrariedad no puede resultar de la sola disconformidad con la solución adoptada, sino que requiere la constatación de un apartamiento de los criterios mínimos de la argumentación jurídica; esta última exige, a su vez, que la decisión contenga una precisa descripción de los hechos con relevancia normativa, y si no se aplica la regla, deben darse las razones por las cuales resulta inaplicable, inválida o es corregida por razones de principios coherentes y consistentes, que resulten constitucionalmente fundados (Voto del juez Lorenzetti).
Los jueces Rosatti y Maqueda, en disidencia, consideraron inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN )
RECURSO EXTRAORDINARIO
Si bien los argumentos del remedio federal vinculados a la atribución de responsabilidad remiten al examen de cuestiones fácticas y de derecho común que, en principio, no son susceptibles de revisión por la vía prevista en el artículo 14 de la ley 48, cabe hacer excepción a dicha regla cuando la sentencia apelada no ha dado un tratamiento adecuado a la controversia de acuerdo con las constancias de la causa y a la normativa aplicable.
Los jueces Rosatti y Maqueda, en disidencia, consideraron inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN )
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de octubre de 2021.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Experta ART S.A. (ex QBE Argentina ART S.A.) en la causa Caillava, Adriana Laura y otros c/ Vess Logística SRL (síndico Dalavault Fernando Agustín) y otros s/ accidente — acción civil", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1 Que Jorge Ernesto Ávila falleció mientras conducía en Brasil un camión de propiedad de Vess Logística S.R.L. que trasladaba mer
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:3350
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