DAÑOS Y PERJUICIOS
Es arbitraria la sentencia que hizo lugar a la acción de daños y perjuicios incoada contra la ANMAT, ANLIS y Ministerio de Salud de la Nación por las graves lesiones y secuelas sufridas por un menor como consecuencia de una supuesta falla de la vacuna Hib al entender que habiéndose desestimado la posibilidad de inmunodeficiencia congénita o adquirida en el paciente no puede descartarse como probable etiología de la enfermedada los defectos en el producto de origen, o desvíos en la conservación, manipulación o aplicación de la vacuna, pues tales expresiones no sólo denotan que condenó a los órganos nacionales sin fundamentos suficientes y sobre la base de conjeturas relativas a la etiología de la enfermedad, sino que, además, esgrimió un argumento que podría haber eximido a aquellos de la responsabilidad atribuida, debido a la ajenidad de dichos órganos en la manipulación o aplicación de la vacuna.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remiteLa jueza Highton de Nolasco, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN )
DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia que hizo lugar a la acción de daños y perjuicios incoada contra la ANMAT, ANLIS y Ministerio de Salud de la Nación por las graves lesiones y secuelas sufridas por un menor como consecuencia de una supuesta falla de la vacuna Hib es arbitraia, pues de acuerdo con el art. 3 de la ley 22.909 -vigente al momento de los hechos de la causa-, las autoridades sanitarias de todo el país eran las ejecutoras en sus respectivas jurisdicciones de los programas de vacunación necesarios, las cuales debían asegurar la oportuna y suficiente cantidad de vacunas, así como el personal y elementos necesarios para su aplicación y que en este caso, según surge de la libreta sanitaria extendida por la Municipalidad de San Isidro y el carnet de vacunación de la Unidad Sanitaria 16 de San Martín, el menor habría sido vacunado en jurisdicción local.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remiteLa jueza Highton de Nolasco, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN )
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Es arbitraria la sentencia que hizo lugar a la acción de daños y perjuicios incoada contra la ANMAT, ANLIS y Ministerio de Salud de la
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1322
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