b) Lugar de procedencia de las personas y riesgo viral.
ce) Optimización de la relación capacidad-demanda del Centro de Alojamiento Preventivo —evaluación que se practica en relación a los lugares de procedencia de las personas y su riesgo viral, cantidad de solicitudes y capacidad del Centro de Alojamiento Preventivo—.
d) Aceptación de las condiciones establecidas para el ingreso de personas a la Provincia de Formosa.
e) Aceptación de la fecha comunicada para el Ingreso.
Explicó que también se realiza un análisis y clasificación de las solicitudes de retorno, gestionadas por el sitio web www.formosa.gob.
ar/coronavirus, para la determinación del orden de prioridad, las que se autorizan siguiendo el siguiente orden de prioridades:
a) Fecha de gestión de la solicitud de retorno: otorga prioridad de orden a aquellas que poseen mayor antiguedad en la gestión de la solicitud.
b) Domicilio: otorga prioridad a las personas que posean domicilio real y efectivo en la Provincia de Formosa, asentado en el Registro Nacional de las Personas.
€) Razones o motivos por los que la persona se encuentra fuera de la provincia. Establecida la prioridad por fecha de gestión, y acreditado el domicilio o residencia efectiva en la provincia —conforme los ítems a y b, enunciados precedentemente, el orden para el tratamiento de las solicitudes de autorización para retornar a la provincia, se establece a su vez, conforme los siguientes motivos:
C.1.- Salud: se refiere a aquellas personas que hayan requerido atención o prácticas médicas en centros sanitarios ubicados fuera de la Provincia de Formosa; c.2.- Educación: se refiere a aquellas personas con residencia familiar real y efectiva en la provincia, que se encuentren en otra provincia con motivo de estudios terciarios, universitarios o de Post-grado;
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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:1710
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