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Fallos: 341:851 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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el día 25 de junio del corriente, "en virtud de la medida de fuerza efectuada por la Confederación General del Trabajo (CGT) de público y notorio conocimiento, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos" (fs. 1).

II. Que el irregular funcionamiento del transporte público de pasajeros ha afectado la normal concurrencia del público a los tribunales nacionales y federales justifica del país, circunstancia de excepción que tomar las medidas que eviten perjuicio a los litigantes.

Por ello,

ACORDARON:
Declarar inhábil el día 25 de junio de 2018 para los Tribunales Nacionales y Federales del país, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal y registre en el libro correspondiente, ante mí, que doy fe. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA 1. HIGHTON DE NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA — HORA
CIO DANIEL ROSATTI - CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Héctor Daniel Marchi (Secretario General de la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).


SECRETARÍA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. FONDO

ANTICICLICO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN
21/2018En Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio del año 2018, los Señores Ministros que suscriben la presente;

CONSIDERARON:
1 Que mediante Acordadas nro. 32/08, 33/08 y 34/08 se crearon fondos específicos para garantizar el funcionamiento de esta Corte Su

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:851 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-851

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