específicamente al respecto y solicitó la revocación de la autorización otorgada, la jurisdicción de la alzada se encontraba efectivamente habilitada para resolver a este respecto.
FALTA DE FUNDAMENTACION
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que anuló inválidamente la resolución de la alzada que había sido consecuencia de la oportuna y concreta impugnación por parte de los recurrentes, imponiéndoles además una nueva carga recursiva que no podía ser razonablemente prevista a partir de lo actuado con anterioridad en el proceso.
SENTENCIA
La coherencia, que determina la validez lógica de cualquier expresión significativa, es particularmente exigible a los actos judiciales, entre otras razones, tanto para evitar la perplejidad de los litigantes como porque el proceso judicial no puede ser un "juego de sorpresas" que desconoce el principio cardinal de buena fe que debe imperar en las relaciones jurídicas.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
T La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso deducido por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y anuló la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que, a su vez, había revocado la resolución del juez de primera instancia, mediante la cual había declinado su jurisdicción a favor de la competencia originaria de la Corte Suprema para entender en la cuestión planteada en autos, esto es, si la "puesta museográfica" en el edificio donde funcionó el Casino de Oficiales de la ex Escuela de Mecánica de la Armada -ESMA- desvirtuaba su calidad probatoria (fs. 201/204 del expediente principal).
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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:537
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