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Fallos: 340:979 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
AGOSTO
COLEGIO FARMACÉUTICO pr MENDOZA y Otros. c/
GOBIERNO DE MENDOZA s/ ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
Si bien lo atinente a la caducidad de la instancia remite al estudio de cuestiones fácticas y de derecho procesal, materia ajena como regla y por su naturaleza al art. 14 de la ley 48, tal doctrina admite excepción cuando el examen de aquellos requisitos se efectúa con injustificado rigor formal que afecta la garantía de defensa en juicio y la decisión en recurso pone fin al pleito o causa un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.


CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que declaró la caducidad de la instancia si al requerir la actora que se fijara nueva audiencia para la declaración de un testigo, puso de relieve su interés por hacer avanzar el proceso, lo que no se desmerece por el solo hecho de que el día de la audiencia aquella parte haya desistido de la prueba y si, además, posteriormente solicitó que se dejara sin efecto la suspensión del plazo otorgado al perito contador para que presentara su informe.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de agosto de 2017.

Vistos los autos: "Colegio Farmacéutico de Mendoza y otros c/ Gobierno de Mendoza s/ acción procesal administrativa".

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:979 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-979

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