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Fallos: 340:967 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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4) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por los señores secretarios de feria.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase, publicase en la página web del Tribunal y registrase en el libro correspondiente por ante mi, que doy fe. RICARDO LUIS LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA
CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ - HORACIO DANIEL ROSA-
TTI. Héctor Daniel Marchi (Secretario General de la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:967 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-967

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