OCTUBRE
BASILOTTA, DARÍO ALBERTO y OTROS s/ Rogo AGRAVADO
REBELDIA
Si el recurrente fue declarado rebelde en la causa en la cual se interpuso la apelación extraordinaria cuando la apelación directa presentada in pauperis forma se hallaba en trámite, corresponde paralizar las actuaciones hasta que el nombrado se presente o sea habido.
PROFUGO
La circunstancia de que el recurrente se encuentre prófugo obsta a la procedencia de la queja, que debe ser desestimada (Disidencia de los Dres. Highton de Nolasco y Carlos Fernando Rosenkrantz).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de octubre de 2017.
Autos y Vistos; Considerando:
Que según resulta del informe obrante a fs. 111, Darío Alberto Basilotta ha sido declarado rebelde en la causa en la cual se interpuso la apelación extraordinaria, cuya denegación motivó la presente queja Que la circunstancia apuntada se produjo cuando la apelación directa presentada in pauperis forma se hallaba en trámite, razón por la que corresponde paralizar las actuaciones hasta que el
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1355
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1355
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