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Fallos: 339:951 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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ACORDADAS Y RESOLUCIONES
AÑO 2016
AGOSTO - DICIEMBRE
Acordadas
RÉGIMEN DE LICENCIAS PARA MAGISTRADOS,

FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA JUSTICIA NACIONAL.
MODIFICACIÓN DEL ART 31.

N" 20En Buenos Aires, a los 23 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, los Sres. Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:
1. Que en el artículo 31 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional (aprobado mediante acordada n" 34/77 -modificada por acordadas n" 27/87, 41/90, 12/04, 23/06 y 28/08-), se prevé el otorgamiento de licencias por actividades científicas, culturales o deportivas, para los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación.

II. Que a partir del precedente de resolución n" 2569/15, se decidió acotar el beneficio previsto para los magistrados, a 10 (diez) días hábiles por año.

III. Que, en razón de lo expuesto, corresponde la adecuación del citado reglamento.

Por ello,

ACORDARON:
19) Modificar el artículo 31 del Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional (aprobado

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:951 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-951

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