336 1175 no fuera posible, se prevé la designación de fiscales de una jerarquía funcional menor.
En particular, la Resolución PGN 35/98 aclara que la lista de abogados prevista en el artículo 11 puede ser integrada por funcionarios y personal auxiliar del Ministerio Público. Posteriormente se dispuso, por medio de la Resolución PGN 58/04, que los funcionarios y personal auxiliar que accedieran a esas subrogancias recibirían la remuneración adicional prevista en la Resolución PER 219/96.
Es relevante recordar que de acuerdo con la ley 24.946 la Procuradora General de la Nación es la jefa máxima del Ministerio Público Fiscal. Tiene a su cargo el gobierno de este organismo (artículo 21), que debe ser ejercido a los efectos de garantizar su cometido constitucional: promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad (artículo 120, Constitución Nacional y artículo 1, ley 24.946). En particular, el artículo 33 reconoce a la Procuradora General de la Nación la atribución de ejercer la superintendencia general sobre el Ministerio Público Fiscal y, en particular, la de dictar los actos necesarios para "establecer una adecuada distribución del trabajo entre sus integrantes [y] sus respectivas atribuciones y deberes" (artículo 33, inciso 1L, LOMP).
Así, ante el surgimiento de una vacancia en un cargo de fiscal o procurador fiscal que puede afectar el normal cumplimiento de la función, corresponde a la titular del organismo asegurar la prestación del servicio público que la vacancia pone en riesgo mediante la designación de un reemplazante provisorio.
—V-
El nombramiento de María Alejandra Cordone Roselló fue dispuesto en ejercicio regular de esas facultades de superintendencia y en el marco del régimen reglamentario descripto (cf. Resolución PGN 30/2012).
En efecto, la renuncia de la entonces Procuradora Fiscal Marta Amelia Beitó de Goncalvez (cf. Resolución PER 842/2012) generó la necesidad de cubrir la vacancia para asegurat la continuidad del cumplimiento de las funciones del artículo 35 de la Jey 24.946 en el Área de Derecho Privado de la Procuración Genetal de la Nación hasta tanto se completara el procedimiento de selección y designación previsto en los artículos 5 y 6 de la ley.
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1175
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