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Fallos: 332:1297 de la CSJN Argentina - Año: 2009

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94/98) la cual guarda notables similitudes con este proceso, tal como lo afirma el denunciante.

Como puede advertirse de un simple cotejo de las constancias incorporadas al legajo, en ambas causas se investigan contratos de obra pública que presentan una clara semejanza estructural, no sólo por estar vinculadas al abastecimiento de gas natural en una provincia, sino también por el modo en que esta obra fue financiada. Respecto a esto último, basta con atender simplemente a la constitución de fideicomisos y a los aumentos de inversión dispuestos con posterioridad a los acuerdos firmados.

—IV-

En mérito a lo expuesto, opino que corresponde declarar la competencia de la justicia federal para entender en estas actuaciones. Buenos Aires, 16 de abril del año 2009. Luis Santiago González Warcalde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de mayo de 2009.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal NN" 2, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado en lo Criminal y Correccional N" 1 de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA LI. HIGHTON DE NoLAsCO — CARLOS S.

FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — E. RAÚL ZAFFARONI — CARMEN
M. ARGIBAY.

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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:1297 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-332/pagina-1297

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