3. No es óbice para la acumulación de procesos la particularidad de que los juicios se encuentren en diferentes etapas procesales, ya que si bien tal circunstancia podría configurar una dilación procesal del trámite que se halle más avanzado, dichoretardo, afin de favorecer una buena administración de justicia, no resulta injustificado —art. 188, inc. 4° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación—.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-: p. 4995.
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
Ver: Jurisdicción y competencia, 111; Medidas cautelares, 4, 5, 7.
ADUANA" Importación En general 1. Si el certificado de origen correspondiente al despacho fue emitido en el mes de julio de 1993, su validez expiró en noviembre de ese mismo año, al haberse cumplido el plazo de 180 días establecido por el art. 12 del Anexo V del Acuerdo de Complementación Económico N° 14 y, en consecuencia, al haber sido presentado el 2 de mayo de 1995, es evidente que carece de aptitud para acreditar el origen de la mercadería según lo prescripto en la normativa aplicable a tal operación: p. 5068.
Infracciones Manifestación inexacta El art. 16 del anexo V del Acuerdo de Complementación Económica N 14, relativo al régimen de origen, impide que, ante defectos formales del certificado, la aduana adopte una resolución que implique excluir definitivamente a la importación del régimen preferencial previsto para las operaciones realizadas en el marco del acuerdo de complementación económica, sin recabar previamente de las autoridades gubernamentales del país exportador lasinformaciones adicionales que correspondan a fin de poder dar solución al problema planteado: p. 5068.
ADULTERACION DE DOCUMENTO PUBLICO
Ver: Jurisdicción y competencia, 40.
AGRAVANTES
Ver: Jurisdicción y competencia, 70; Ley penal más benigna, 1.
1) Ver también: Recurso extraordinario, 44.
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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6149
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