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Fallos: 329:4883 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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Por ello, Acordaron:

Modificar el contenido de la acordada N° 14/04, en punto a las asistentes sociales que integran el equipo que se desempeña en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 83, el cual quedará compuesto por laslicenciadas: Silvia Susana Botini; Graciela Elsa Maestri; Marta Fernández y Graciela Elisa Di Paoli.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELE
NA |. HIGHTON DE NoLAscO — JUAN CARLOS MAQUEDA — RICARDO Luis LORENZETTI — CAR-
MEN M. ArciBAY. Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

PRESUPUESTO.
—N926En Buenos Aires alos 29 días del mes de agosto del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuer dos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

1) Que corresponde a esta Corte, en su carácter de cabeza del Poder Judicial dela Nación, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción, para el próximo ejercicio presupuestario, a los efectos de su comunicación al Congreso Nacional, conforme lo dispuesto en el art. 1° de la Ley 23.853, en la Ley 24.937 y sus modificatorias, y en el tercer párrafo del art. 14" del Decreto N° 689/99, T.O. de la Ley Permanente de Presupuesto N° 11.672.

29) Que en atención a ello, sehan receptadolas necesidades físicas y financieras de las distintas áreas y —a través de la información emanada del plenario del Consejodela Magistratura mediante Resolución N°? 397/06 de los tribunales y organismos pertenecientes al resto del Poder Judicial de la Nación; requeridas para asegurar el cumplimiento de la finalidad primaria de este Poder del Estado cual es la de garantizar el acceso y las respuestas que la sociedad demanda del servicio de justicia.

3 Quel criterio que ha primado es el de establecer los requerimientos de manera cauta y moderada, potenciando los recursos materiales y humanos de la manera más eficiente; fijándose —no obstante— los valores impost ergables que aseguren el accionar delajusticia.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4883 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-4883

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