Considerando:
1) Que los fundamentos que llevaron a la creación de una Base General de Datos sobre menores involucrados en actuaciones judiciales han sido suficientemente expresados en la resolución N" 1674/04 de fecha 28 de septiembre de 2004.
2) Que este Tribunal considera que dicha oficina deberá comenzar con sus funciones a la brevedad, por lo que deben tomarse las medidas necesarias para la instalación de un lugar adecuado, con la preparación tecnológica apropiada para llevar a cabo el funcionamiento del registro y así unificar los antecedentes y datos que facilitarán el control y desarrollo de la labor judicial en esta temática.
3") Que las circunstancias brevemente reseñadas motivan que la Corte Suprema de Justicia adopte los cursos de acción tendientes a posibilitar que todos los tribunales de la Nación puedan tener acceso de manera expeditiva a un registro informático articulado y así mejorar y dinamizar la tarea en beneficio del interés superior del menor, con la garantía del solo acceso de los funcionarios y magistrados autorizados.
Por ello, Se Resuelve: —1. — Designar a la Dra. Claudia Romano Duffau, a cargo de la Base General de Datos sobre Menores de edad involucrados en actuaciones judiciales, quien tendrá la dirección, organización y control de la oficina, recopilará la información necesaria para el funcionamiento de la base y elaborará —en colaboración con el área de informática— los programas que se adecuen a tales requerimientos.
2. — La Administración General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aplicará las partidas Presupuestarias necesarias, en la medida que se cuente con ellas— a fin de proveer los mínimos recursos indispensables para la implementación de la oficina, conforme a las solicitudes que se formulen.
3. — Dicha oficina dependerá de la Presidencia del Tribunal, a quien se le remitirán los informes correspondientes que permitirán al Tribunal evaluar los avances de la gestión, así como las estadísticas, pedidos que se realicen, etc.. de acuerdo con los términos del Reglamento para el funcionamiento de la base.
4. — Con relación al plazo para concretar el comienzo de la actividad se propone que en el término de 60 días se incorporen dos empleados (un prosecretario administrativo y un escribiente) y que se instrumenten los requerimientos tecnológicos (línea telefónica, fax, computadoras) para llevar adelante al sistema de ingreso y control de la información.
Registrese, hágase saber y archívense las actuaciones. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — CARLOS S. FAYT — JUAN CARLos MAQUEDA — ELEna T. HIGHTON DE Notasco — RICARDO Luis LORENZETTI — CARMEN M. ArciBay.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3861
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